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Por qué ANSES puede darte de baja la Pensión por Invalidez en mayo 2026

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En los últimos días, la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) dio a conocer el cronograma de pagos correspondiente a mayo para todas sus prestaciones, incluyendo jubilaciones y pensiones.

Como ocurre habitualmente, las fechas de cobro de cada beneficio se organizan según la terminación del Documento Nacional de Identidad (DNI) de los titulares, determinando así el orden en que se realizan las acreditaciones.

POR QUÉ MOTIVOS ANSES PUEDE DARTE DE BAJA LA PENSIÓN POR INVALIDEZ EN MAYO 2026

El proyecto impulsado por el Gobierno introduce cambios estrictos en el régimen de las Pensiones No Contributivas, estableciendo nuevas causales de baja para quienes perciben una pensión por invalidez laboral. Entre los puntos más relevantes, se refuerza el carácter excluyente del beneficio, orientado únicamente a personas que no pueden generar ingresos a través de una actividad formal.

Una de las principales incompatibilidades será contar con un empleo registrado. A diferencia del esquema anterior, que permitía ciertos márgenes para fomentar la inclusión laboral progresiva, la nueva propuesta elimina esas excepciones y establece que cualquier vínculo laboral formal implicará la pérdida de la prestación.

En la misma línea, también se prohíbe la inscripción en el régimen de monotributo. El proyecto determina que figurar como contribuyente, incluso en el sistema simplificado, será motivo suficiente para dar de baja la pensión. Esto implica que quienes utilizaban el monotributo para realizar trabajos ocasionales ya no podrán compatibilizar esa actividad con el cobro del beneficio.

El control de estas condiciones no dependerá de la declaración del titular. Se prevé la implementación de auditorías periódicas con cruces de datos entre organismos como ANSES, ARCA, el Ministerio de Trabajo y SINTyS, con el objetivo de detectar incompatibilidades de manera automática.

En caso de registrarse alguna irregularidad, el beneficiario contará con un plazo de 60 días para presentar la documentación que acredite su situación. Si no logra justificarla dentro de ese período, la baja del beneficio se hará efectiva mediante un acto administrativo.

Otra de las causas de suspensión o pérdida de la prestación será no cumplir con el reempadronamiento obligatorio. Todos los titulares deberán actualizar sus datos personales, médicos y socioeconómicos en un plazo de 90 días. De no hacerlo, el sistema interrumpirá el pago de forma automática y, si la situación no se regulariza en los 60 días siguientes, la baja será definitiva.

A pesar de estos cambios, el proyecto mantiene la protección legal que impide que las pensiones sean embargadas por deudas. No obstante, este resguardo convivirá con un esquema de incompatibilidades más estricto, cuyo futuro dependerá del tratamiento legislativo en el Senado.