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Puja por la reforma laboral: la CGT recusó a los jueces que repusieron la ley

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La Confederación General del Trabajo (CGT) recusó ayer a los dos miembros de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que rechazaron y dejaron sin efecto una cautelar contra la reforma laboral y pidió la «nulidad absoluta» de ese fallo que reactivó la vigencia de la ley.

La CGT recusó «con causa» a los jueces Víctor Arturo Pesino y María Dora González, los dos integrantes de la Sala que dejó sin efecto la cautelar favorable a la central sindical «por haber prejuzgado» sobre los derechos que constituyen la materia de fondo de la cautelar que suspendió 82 artículos de la reforma laboral.

intercambio de favores

Recusó a Pesino por «favorecer la posición de la demandada», en alusión al Estado nacional, y, simultáneamente, ser favorecido con un pedido al Consejo de la Magistratura para que siga en el cargo más allá de los 75 años, medida que fue publicada en el Boletín Oficial.

«Obtener un beneficio a todas luces mayúsculo como lo es continuar en el ejercicio de la función judicial por 5 años, constituye no solo una conducta contraria a la ética, sino también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley», se indicó.

El escrito legal señala que la conducta del Estado es «descalificable» al promover la continuidad en el cargo más allá de los 75 años (tal como marca la Constitución Nacional reformada en 1994) «de un magistrado que acaba de fallar a favor de la posición oficial».

«Esta inconsecuencia, no es un desvarío de la autoridad, ni una razón sin fundamento, es la razón desprovista de moral, es asociar beneficios mutuos, mientras la sociedad (que abrigaba expectativas de imparcialidad) asiste, sin mediaciones, a la demolición de la división de poderes y la credibilidad en el Estado de Derecho», expresa el texto legal.

Para la CGT una contraprestación semejante entre un juez y el Estado constituye «un cuadro que avergüenza la tradición de la Justicia Nacional del Trabajo».

La CGT sostiene en su presentación que el fallo de Pesino y González «ha sido dictado por jueces comprendidos en causas legales de recusación, con clara ausencia de competencia para ello y sobre la base de evidentes y manifiestos yerros».